Proposito

El Convenio Internacional STCW-78 Enmendado, establece que la gente de mar empleado o contratado a bordo de los buques en la calidad de MOTORISTA COSTANERO que se encuentra dentro de la estructura funcional de la ocupación MARINERO DE MAQUINAS, estará en capacidad realizar funciones de Control del funcionamiento del buque y cuidado de las personas a bordo, a nivel operacional y Navegación a nivel operacional. Con este curso se pretende formar gente de mar con responsabilidades del bote motor y que ejercen sus funciones en las áreas marítimas y fluviales.

Competencias

  • Hacer funcionar los dispositivos de salvamento
  • Medidas en caso de emergencia
  • Maniobrar el buque y hacer funcionar la maquinaria propulsora de los buques pequeños.
  • Planificar y dirigir una travesía costera y determinar la situación.
  • Realizar una guardia de navegación segura.
  • Mantener la navegabilidad del buque.
  • Prestar primeros auxilios a bordo.
  • Vigilar el cumplimiento de las prescripciones legislativas.

Perfil de ingreso

  • Mayor de 18 años en delante
  • Certificado médico de aptitud física para la gente de mar